Las regatas de radio control se regirán por el Reglamento de Regatas a Vela con las modificaciones de este apéndice.

E1 MODIFICACIONES A LAS DEFINICIONES, TERMINOLOGÍA Y A LAS REGLAS DE LAS PARTES 1, 2 Y 7

E1.1 Definiciones

Añadir a la definición de Parte Interesada, “pero no un participante cuando actúa como observador”.

En la definición de Zona la distancia se modifica por cuatro esloras de casco.

Añadir una nueva definición:

Inutilizado Un barco está inutilizado mientras no pueda continuar en la flota.

E1.2 Terminología

En la Introducción, el párrafo Terminología se modifica como sigue:

(a) “Barco” significa un barco a vela controlado por señales de radio y que no tiene tripulación. Sin embargo, en las reglas de las Partes 1 y 5, la regla E6 y las definiciones de Parte y de Protesta, “barco” incluye al participante que lo controla.

(b) “Participante” es la persona que controla un barco utilizando señales de radio.

(c) En las reglas de este reglamento, pero no en sus apéndices, se reemplazará la palabra “prueba” por “flota”. En este apéndice, una prueba consiste en una o más flotas, y se completa cuando se completa la última flota de la prueba.

E1.3 Reglas de las Partes 1, 2 y 7

(a) La regla 1.2 se suprime.

(b) En la regla 20, las voces y las respuestas las dará el competidor que controla el barco.

(c) La regla 23 se modifica por: “Si es posible, un barco evitará a un barco inutilizado.”

(d) La regla 90.2(c) se modifica por:

Las modificaciones a las instrucciones de regata pueden comunicarse de forma oral, a todos los participantes afectados, antes de la señal de atención de la flota en cuestión. Cuando ello sea apropiado, estas modificaciones se confirmarán por escrito.

E2 REGLAS ADICIONALES DURANTE LA REGATA

La regla E2 se aplica solo mientras los barcos están en regata.

E2.1 Requisitos para las Voces

(a) Las voces se darán de forma que sea razonable esperar que el participante a quien van dirigidas las oiga.

(b) El número de vela de un barco se voceará gritando cada uno de sus dígitos; por ejemplo “uno – cinco” en lugar de “quince”.

E2.2 Ayuda Táctica
Un participante no dará ningún consejo táctico ni estratégico a otro participante que está controlando un barco en regata.

E2.3 Barco Fuera de Radio Control
Un participante que haya perdido el control de su barco dará con prontitud y repetirá la voz de “(número de vela del barco) fuera de control” y el barco deberá retirarse.

E2.4 Antenas
Si la longitud de la antena extendida es superior a 200mm, el extremo se protegerá adecuadamente.

E2.5 Interferencias de Radio
Está prohibido transmitir señales de radio que provoquen interferencias con el control de otros barcos. Un participante que infrinja esta regla no volverá a regatear hasta que el comité de regatas lo autorice.

E3 DIRECCIÓN DE UNA REGATA

E3.1 Zona de Control
Las instrucciones de regata pueden especificar una zona de control; Si no lo hacen, será ilimitada. Los participantes deberán permanecer en la zona de control cuando controlen barcos que estén en regata, excepto brevemente para manipular y soltar o re-botar el barco.

E3.2 Zona de Botadura
Las instrucciones de regata pueden especificar una zona de botadura y su utilización; Si no lo hacen, será ilimitada.

E3.3 Tablero de Recorrido
Las instrucciones de regata pueden exigir que el recorrido se muestre en un tablero. De ser así, el tablero se situará próximo a o dentro de la zona de control.

E3.4 Salida y Llegada

(a) La regla 26 se modifica como sigue:

Se dará la salida de las flotas utilizando señales de atención, preparación y salida a intervalos de un minuto. Durante el minuto anterior a la señal de salida se harán señales adicionales, fónicas o verbales, a intervalos de diez segundos, y, durante los últimos diez segundos, a intervalos de un segundo. Cada señal se cronometrará desde el inicio de la misma.

(b) Las líneas de salida y de llegada estarán situadas entre el lado del recorrido de las balizas de salida y de llegada.

E3.5 Llamada Individual

La regla 29.1 se modifica por:

Cuando al darse su señal de salida cualquier parte de un barco esté en el lado del recorrido de la línea de salida o deba cumplir con la regla 30.1, el comité de regatas dará con prontitud la voz «Llamada (números de vela)» y repetirá la voz cuando sea apropiado.

E3.6 Llamada General

La regla 29.2 se modifica por:

Cuando al darse la señal de salida el comité de regatas no puede identificar barcos que están en el lado del recorrido de la línea de salida o a los que se aplica la regla 30, o si ha habido un error en el procedimiento de salida, el comité de regatas puede dar y repetir de forma apropiada la voz de «Llamada General» con dos señales fónicas fuertes. Normalmente, la señal de preparación para una nueva salida se dará poco después.

E3.7 Regla de la Bandera Negra

Cuando el comité de regatas informa a un barco de que ha infringido la regla 30.3, el barco abandonará inmediatamente la zona de regatas.

E3.8 Otros Cambios a las Reglas de la Parte 3

(a) Las reglas 30.2 y 33 se suprimen.

(b)Todas las señales hechas por el comité de regatas serán orales o mediante otros sonidos. No son necesarias las señales visuales, a no ser que las instrucciones de regata especifiquen lo contrario.

(c) No se acortarán los recorridos.

(d) La regla 32.1 (b) se modifica por: “por mal tiempo o por tormenta,”.

E4 REGLAS DE LA PARTE 4

E4.1 Reglas de la Parte 4 que se Suprimen

Se suprimen las reglas 40, 43, 44.3, 45, 47, 48, 49, 50, 52 y 54.

E4.2 Ayuda Externa

La regla 41 se modifica por:

Un barco o el participante que lo controla no recibirá ayuda externa de procedencia alguna, excepto:

(a) cuando el participante esté enfermo, lesionado o en peligro;

(b) cuando su casco, su aparejo o sus apéndices se hayan enganchado con otro barco, que puede recibir ayuda de otro participante;

(c) ayuda en forma de información gratuita y disponible para todos los participantes.

E4.3 Penalizarse

La regla 44.1 se modifica por:

Un barco que puede haber infringido una o más reglas de la Parte 2 en un incidente mientras está en regata, puede realizar una Penalización de Un Giro. Sin embargo,

(a) cuando un barco puede haber infringido una regla de la Parte 2 y la regla 31 en el mismo incidente no necesita penalizarse por la infracción de la regla 31;

(b) si a pesar de haberse penalizado, el barco obtuvo una ventaja significativa en la flota o en la prueba, su penalización deberá ser una penalización adicional de Un Giro.

(c) si el barco causó daños de consideración, o si como resultado de haber infringido una regla de la Parte 2 hizo que otro barco resultara inutilizado y se retirara, su penalización deberá ser retirarse.

E4.4 Responsable

La regla 46 se modifica por: “La persona u organización que inscribieron el barco deberán designar al participante. Véase la regla 75

E5 PRUEBAS CON OBSERVADORES Y ÁRBITROS

E5.1 Observadores

(a) El comité de regatas puede designar observadores, que pueden ser participantes.

(b) Los observadores vocearán los números de vela de los barcos que toquen baliza o a otro barco y repetirán estas voces cuando sea apropiado.

(c) Al finalizar la flota, los observadores informarán al comité de regatas de todos los incidentes no resueltos y de aquellos barcos que no han navegado el recorrido tal como exige la regla 28.

E5.2 Pruebas Arbitradas

Para las pruebas arbitradas se aplicará el Addemdum Q de la Asociación Internacional de Vela de Radiocontrol (International Radio Sailing Association). Las pruebas que vayan a ser arbitradas se pueden identificar en las instrucciones de regata u oralmente antes de la señal de atención.

Nota: El addemdum Q está disponible en la página web: radiosailing .org.

E5.3 Reglas para Observadores y Árbitros

Los árbitros y los observadores se situaran dentro de la zona de control. No utilizarán ninguna ayuda ni dispositivo que les dé una ventaja visual sobre los participantes.

E6 PROTESTAS Y SOLICITUDES DE REPARACIÓN

E6.1 Derecho a Protestar

La regla 60.1 se modifica por: Un barco puede:

(a) protestar a otro barco, pero no por una supuesta infracción de una regla de las Partes 2, 3 o 4 a menos que estuviera asignado para navegar en esa flota; o

(b) solicitar una reparación.

Sin embargo, un barco o un participante no pueden protestar por una supuesta infracción de las reglas E2 o E3.7.

E6.2 Protestar a un Participante que ha infringido una Regla

El comité de regatas o el comité de protestas pueden protestar a un barco cuando llegue a su conocimiento que el participante que controla dicho barco puede haber infringido una regla.

E6.3 Informar al Protestado

La regla 61.1(a) se modifica por:

Un barco que tiene la intención de protestar deberá informar de ello al otro barco en la primera oportunidad razonable. Cuando su protesta se refiera a un incidente ocurrido en la zona de regatas y en el que ha estado involucrado o del que ha sido testigo, deberá vocear por dos veces “(su propio número de vela) «protesta» (número de vela del otro barco)”.

E6.4 Informar al Comité de Regatas

Un barco que tiene la intención de protestar o solicitar una reparación por un incidente ocurrido en la zona de regatas deberá informar de ello al oficial de regatas tan pronto como sea razonablemente posible después de terminar o retirarse.

E6.5 Tiempos Límite

Una protesta, una solicitud de reparación o una solicitud de reapertura se entregará al oficial de regatas no más tarde de diez minutos después de que termine el último barco en la flota o después del incidente en cuestión, lo que sea más tarde.

E6.6 Reparación

Añadir a la regla 62.1:

(e) interferencia externa de radio, reconocida por el comité de regatas, o

(f) resultar inutilizado y como resultado de ello retirarse por la acción de un barco que estaba infringiendo una regla de la Parte 2 o de una embarcación que no estaba en regata y que tenía que mantenerse separada.

E6.7 Derecho a Estar Presente

En la regla 63.3(a) “los representantes de los barcos tendrán que haber estado a bordo” se sustituye por “los representantes de los barcos tendrán que ser los participantes que los controlaban”.

E6.8 Presentación de la Evidencia y Determinación de los Hechos Probados

Añadir a la regla 63.6:

Cuando la protesta sea por una pretendida infracción de una regla de las Partes 2, 3 ó 4, cualquier testigo tendrá que haber estado dentro de la zona de control en el momento del incidente. Si el testigo era un participante que no actuaba como observador, deberá haber estado asignado para navegar en la flota en la que se produjo el incidente.

E6.9 Decisiones sobre Reparaciones

Añadir a la regla 64.2:

Si a un barco se le dio reparación porque resultó dañado, la reparación incluirá un tiempo razonable, pero no más de 30 minutos, para efectuar reparaciones antes de su próxima flota.

E7 PENALIZACIONES

Cuando un comité de protestas decide que un barco que es parte en la audiencia de una protesta ha infringido una regla que no sea una regla de las Partes 2,3 ó 4, deberá:

(a) descalificarlo o añadir puntos de penalización (incluyendo cero y fracciones de punto) a su puntuación. La penalización se aplicará, si ello es posible, en la flota o en la prueba en la que se produjo la infracción; de no ser posible, se aplicará en la siguiente flota o prueba para ese barco. Cuando se añadan puntos de penalización, las puntuaciones de los demás barcos no se modificarán; o

(b) exigirle que haga una o más penalizaciones de Un Giro, que deberá hacer tan pronto como le sea posible después de la señal de salida de su siguiente flota, para la que se de una salida válida y que posteriormente no se haga una llamada general o se anule.

Sin embargo, si el barco infringió una regla del Apéndice G o la regla E8, el comité de protestas actuará de acuerdo con la regla G4.

E8 MODIFICACIONES AL APÉNDICE G, IDENTIFICACIÓN EN LAS VELAS

(a) El primer párrafo de la regla G1.1 se modifica por:

Cada uno de los barcos de una Clase regida o reconocida por la International Radio Sailing Association deberá mostrar un número de vela en ambas caras de cada una de las velas. La insignia de la clase y las letras de nacionalidad deberán mostrarse en la vela mayor tal como determinan las reglas G1.1(a), G1.1(b), E8(d) y E8(e).

(b) La regla G1.1(c) se modifica por:

(1) un número de vela, que coincidirá con las dos últimas cifras del número de registro del barco o con el número personal que le haya asignado la autoridad de expedición correspondiente.

(2) Cuando ello sea posible, delante del número de vela deberá haber espacio para poner un prefijo numérico.

(3) Cuando el número de vela esté entre el “00” y el “09”, se omitirá el “0” y el dígito restante se situará de forma que quede espacio para poner un prefijo y un sufijo

(4) El “0” no se usará como prefijo.

(5) Cuando haya un conflicto entre números de vela o cuando el número de vela de un barco pudiera mal interpretarse, el comité de regatas puede exigir a uno o más barcos que cambien su número de vela.

(6)Cuando se cambie un número de vela, el nuevo número será considerado como el número de vela de ese barco para el evento.

(c) Se suprime la frase que sigue a la regla G1.1(c).

(d) La regla G1.2(b) se modifica por:

La altura de los caracteres y la distancia entre ellos, ya sea en la misma cara de la vela o en caras diferentes, será como sigue:

  Mínimo Máximo
Emblema de la Clase:    
Excepto cuando colocados dorso contra dorso, la distancia mínima entre los emblemas en ambas caras de la vela 20 mm  

Números de vela:    
Altura de los caracteres 100 mm 110 mm
Distancia mínima entre caracteres adyacentes en la misma cara de la vela 20 mm 30 mm
Distancia mínima entre los números de vela en caras opuestas de la vela y entre los números de vela y otra identificación 60 mm  

Letras de nacionalidad:    
Altura de los caracteres 60 mm 70 mm
Distancia mínima entre caracteres adyacentes en la misma cara de la vela 13 mm 23 mm
Distancia mínima entre las letras de nacionalidad en caras opuestas de la vela 40 mm

(e) La regla G1.3 se modifica por:

(1) Cuando el diseño coincida, los emblemas de la clase de ambas caras de la vela podrán situarse dorso contra dorso. De no ser así, el emblema de clase, los números de vela y las letras de nacionalidad se situarán a diferente altura, con los de la cara de estribor de la vela más arriba.

(2) En una vela mayor, los números de vela se situarán por encima de las letras de nacionalidad y por debajo del emblema de la clase.

(3) En una vela mayor, los números de vela se situarán por encima de una línea perpendicular al gratil a la altura del Punto de un Cuarto de la Baluma

(f) Cuando el tamaño de una vela impida cumplir con la regla E8(b), con las dimensiones mínimas exigidas por la regla E8(d) o los requisitos de colocación exigidos por la regla E8(e)(3), están autorizadas las siguientes excepciones con el siguiente orden de prioridad:

(1) omisión de las letras de nacionalidad;

(2) en la vela mayor, situar los números de vela por debajo de la línea perpendicular al gratil a la altura del Punto de un Cuarto de la Baluma;

(3) reducción de la distancia mínima entre los números de vela en las caras opuestas de la vela, siempre que aquella no sea inferior a 20mm;

(4) reducción de la altura de los números de vela.